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EL MATRIMONIO

  • 01 de Enero de 1873  Se estable el matrimonio en Venezuela

El 1º de enero de 1873 el Presidente Antonio Guzmán Blanco establece en Venezuela el matrimonio civil. No faltó la oposición de una parte del clero, que veía supeditada a la autoridad, civil el sacramento del matrimonio. En efecto, el matrimonio civil debía realizarse ante el Presidente del Concejo, antes del matrimonio eclesiástico. La publicación de la Ley se hizo el 8 de enero, y diez días más tarde entró en vigencia.

 

Lo relativo al matrimonio está regulado en el derecho venezolano en el titulo IV, artículos 41 al 196 del Código Civil venezolano.

Son requisitos generales para la celebración del matrimonio en Venezuela:

  • Manifestación de la voluntad de querer contraer matrimonio ante la autoridad civil de la Parroquia o Municipio de alguno de los contrayentes. El funcionario competente procedera a la fijación de carteles con por lo menos con ocho dias de antelación a la celebración del matrimonio.
  • Copia de las partidas de nacimiento con una data de no menor de seis meses de expedición.
  • Existen requisitos especiales para personas viudas, divorciadas, con hijos, con impedimentos legales, con oposición al matrimonio y para extranjeros.

Lo antes descrito, es el basamento histórico y legal de lo referente al matrimonio, elemento central de toda sociedad y espacio que permite la formación de nuevos ciudadanos y aumento de nuestra población, por lo tanto, apoyemos desde las escuelas la orientación y conformación de las familias...

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